Una sociedad cooperativa paga impuestos con beneficios fiscales especiales, dependiendo de su actividad y marco legal.
Impuestos y Beneficios Fiscales para Sociedades Cooperativas: Guía Completa
Las sociedades cooperativas desempeñan un papel fundamental en la economía social, promoviendo la participación democrática y el desarrollo económico sostenible. En reconocimiento a su importante función, estas entidades gozan de un régimen fiscal especial que les otorga diversos beneficios y ventajas tributarias. En este artículo, exploraremos en detalle cómo las sociedades cooperativas pagan impuestos y los beneficios fiscales especiales de los que pueden disfrutar, dependiendo de su actividad y marco legal.
1. Régimen Fiscal Especial para Sociedades Cooperativas
El régimen fiscal especial para sociedades cooperativas se establece en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas. Esta ley reconoce la naturaleza particular de las cooperativas y les otorga un tratamiento fiscal diferenciado en comparación con otras formas jurídicas empresariales.
1.1 Clasificación de las Cooperativas a Efectos Fiscales
La ley clasifica a las cooperativas en dos categorías principales para determinar su tratamiento fiscal:
- Cooperativas protegidas
- Cooperativas especialmente protegidas
Esta clasificación es crucial, ya que determina el alcance de los beneficios fiscales a los que puede acceder cada cooperativa.
1.2 Cooperativas Protegidas
Se consideran cooperativas protegidas aquellas que se ajustan a los principios y disposiciones de la Ley General de Cooperativas o de las leyes cooperativas de las Comunidades Autónomas. Estas cooperativas disfrutan de ciertos beneficios fiscales, aunque en menor medida que las especialmente protegidas.
1.3 Cooperativas Especialmente Protegidas
Las cooperativas especialmente protegidas son aquellas que, además de cumplir con los requisitos de las cooperativas protegidas, pertenecen a determinados tipos específicos, como:
- Cooperativas de trabajo asociado
- Cooperativas agrarias
- Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
- Cooperativas del mar
- Cooperativas de consumidores y usuarios
Estas cooperativas gozan de beneficios fiscales adicionales y más amplios.
2. Impuestos que Afectan a las Sociedades Cooperativas
Las sociedades cooperativas están sujetas a diversos impuestos, aunque con ciertas particularidades y beneficios. Los principales impuestos que les afectan son:
2.1 Impuesto sobre Sociedades (IS)
El Impuesto sobre Sociedades es uno de los tributos más relevantes para las cooperativas. El régimen fiscal especial establece tipos impositivos reducidos y bonificaciones específicas para estas entidades.
Tipos impositivos para cooperativas:
- Resultados cooperativos: 20%
- Resultados extracooperativos: 25%
Las cooperativas especialmente protegidas disfrutan de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del IS.
2.2 Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Las cooperativas están sujetas al IVA como cualquier otra empresa, pero pueden beneficiarse de exenciones en determinadas operaciones, especialmente en el caso de las cooperativas agrarias.
2.3 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
Las cooperativas gozan de exenciones en este impuesto para diversas operaciones, como la constitución, ampliación de capital, fusión y escisión.
2.4 Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Las cooperativas protegidas y especialmente protegidas disfrutan de una bonificación del 95% en la cuota y recargos del IAE.
3. Beneficios Fiscales Especiales para Sociedades Cooperativas
Las sociedades cooperativas disfrutan de una serie de beneficios fiscales especiales que varían según su clasificación y actividad. Estos beneficios están diseñados para fomentar el desarrollo del cooperativismo y reconocer su función social.
3.1 Beneficios en el Impuesto sobre Sociedades
Además de los tipos impositivos reducidos mencionados anteriormente, las cooperativas gozan de otros beneficios en el IS:
- Libertad de amortización de elementos del activo fijo nuevo adquiridos en los tres primeros años.
- Deducción del 50% de las dotaciones al Fondo de Reserva Obligatorio.
- Deducción del 100% de las cantidades destinadas al Fondo de Educación y Promoción.
3.2 Beneficios en otros Impuestos
Las cooperativas también disfrutan de beneficios fiscales en otros impuestos:
- Exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para operaciones de constitución, ampliación de capital, fusión y escisión.
- Bonificación del 95% en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Bonificación del 95% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles para las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.
3.3 Beneficios Fiscales para Socios de Cooperativas
Los socios de las cooperativas también pueden beneficiarse de ciertas ventajas fiscales:
- Deducción por doble imposición de dividendos en el IRPF.
- Tratamiento favorable de los retornos cooperativos.
- Exención en el IRPF de las percepciones del Fondo de Educación y Promoción.
4. Requisitos para Acceder a los Beneficios Fiscales
Para disfrutar de los beneficios fiscales, las cooperativas deben cumplir una serie de requisitos establecidos en la ley:
4.1 Requisitos Generales
- Estar inscritas en el Registro de Cooperativas correspondiente.
- No incurrir en ninguna causa de pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida.
- Cumplir con los principios cooperativos establecidos en la ley.
4.2 Requisitos Específicos para Cooperativas Especialmente Protegidas
Cada tipo de cooperativa especialmente protegida tiene requisitos específicos. Por ejemplo:
- Cooperativas de trabajo asociado: Límites en la contratación de trabajadores por cuenta ajena.
- Cooperativas agrarias: Restricciones en la venta a terceros no socios.
- Cooperativas de consumidores y usuarios: Limitaciones en las ventas a no socios.
5. Obligaciones Fiscales de las Sociedades Cooperativas
A pesar de los beneficios fiscales, las cooperativas deben cumplir con ciertas obligaciones tributarias:
5.1 Declaraciones y Liquidaciones
- Presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades.
- Liquidación trimestral o mensual del IVA, según corresponda.
- Declaraciones informativas (modelos 347, 349, etc.).
5.2 Contabilidad y Registros Fiscales
Las cooperativas deben llevar una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad, así como los registros fiscales obligatorios.
5.3 Retenciones e Ingresos a Cuenta
Están obligadas a practicar retenciones e ingresos a cuenta en los pagos que realicen, como en el caso de los rendimientos del trabajo o del capital mobiliario.
6. Pérdida de los Beneficios Fiscales
Las cooperativas pueden perder su condición de fiscalmente protegidas y, por tanto, los beneficios fiscales asociados, si incurren en alguna de las siguientes situaciones:
- No efectuar las dotaciones obligatorias al Fondo de Reserva Obligatorio y al de Educación y Promoción.
- Repartir entre los socios los fondos irrepartibles.
- Aplicar cantidades del Fondo de Educación y Promoción a finalidades distintas de las previstas.
- Incumplir las normas sobre el destino del resultado de la regularización del balance o de la actualización de las aportaciones de los socios al capital social.
- Retribuir las aportaciones de los socios o asociados al capital social con intereses superiores a los máximos autorizados.
- Abonar a los socios en activo retornos cooperativos en función de las aportaciones al capital social.
7. Aspectos a Considerar en la Planificación Fiscal de Cooperativas
Para optimizar la situación fiscal de una cooperativa, es importante tener en cuenta varios aspectos:
7.1 Elección del Tipo de Cooperativa
La elección del tipo de cooperativa (protegida o especialmente protegida) puede tener un impacto significativo en los beneficios fiscales disponibles.
7.2 Gestión de Resultados Cooperativos y Extracooperativos
Es crucial llevar una contabilidad separada de los resultados cooperativos y extracooperativos, ya que tienen un tratamiento fiscal diferente.
7.3 Aprovechamiento de Deducciones y Bonificaciones
Las cooperativas deben aprovechar al máximo las deducciones y bonificaciones específicas a las que tienen derecho.
7.4 Cumplimiento Normativo
Es fundamental mantener un estricto cumplimiento de la normativa cooperativa y fiscal para no perder los beneficios fiscales.
8. Tendencias y Futuro del Régimen Fiscal de las Cooperativas
El régimen fiscal de las cooperativas está sujeto a posibles cambios y evoluciones. Algunas tendencias y perspectivas de futuro incluyen:
- Posible armonización del régimen fiscal a nivel europeo.
- Mayor énfasis en la promoción de cooperativas en sectores estratégicos como las energías renovables o la economía circular.
- Adaptación del régimen fiscal a las nuevas realidades económicas y tecnológicas.
Conclusión
Las sociedades cooperativas disfrutan de un régimen fiscal especial que reconoce su importante papel en la economía social. Los beneficios fiscales de los que gozan estas entidades son significativos y abarcan diversos impuestos, desde el Impuesto sobre Sociedades hasta el Impuesto sobre Actividades Económicas. Sin embargo, es crucial que las cooperativas cumplan con los requisitos establecidos y mantengan una gestión fiscal adecuada para no perder estos beneficios.
El régimen fiscal de las cooperativas no solo proporciona ventajas económicas directas, sino que también fomenta el desarrollo del modelo cooperativo, promoviendo valores como la participación democrática, la solidaridad y la responsabilidad social. A medida que la economía evoluciona, es probable que el marco fiscal de las cooperativas también se adapte, pero siempre manteniendo el reconocimiento de su papel único en el tejido económico y social.
En definitiva, el conocimiento profundo de los aspectos fiscales es esencial para la gestión eficiente de una sociedad cooperativa. Los gestores y socios de estas entidades deben mantenerse actualizados sobre la normativa fiscal aplicable y buscar asesoramiento especializado cuando sea necesario, para aprovechar al máximo los beneficios fiscales disponibles y contribuir al éxito y sostenibilidad de su cooperativa.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
1. ¿Qué diferencia hay entre una cooperativa protegida y una especialmente protegida?
La principal diferencia radica en el nivel de beneficios fiscales que reciben. Las cooperativas especialmente protegidas gozan de mayores ventajas fiscales, como una bonificación del 50% en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades. Además, las cooperativas especialmente protegidas deben cumplir requisitos adicionales específicos según su tipo (trabajo asociado, agrarias, etc.).
2. ¿Pueden las cooperativas perder sus beneficios fiscales?
Sí, las cooperativas pueden perder su condición de fiscalmente protegidas y, por tanto, sus beneficios fiscales si incumplen ciertos requisitos, como no hacer las dotaciones obligatorias a los fondos, repartir fondos irrepartibles entre los socios, o aplicar incorrectamente el Fondo de Educación y Promoción, entre otros motivos.
3. ¿Qué tipo de impositivo se aplica a las cooperativas en el Impuesto sobre Sociedades?
Las cooperativas tienen un tipo impositivo del 20% para los resultados cooperativos y del 25% para los resultados extracooperativos. Además, las cooperativas especialmente protegidas disfrutan de una bonificación adicional del 50% sobre la cuota íntegra.
4. ¿Cómo afecta el régimen fiscal especial a los socios de las cooperativas?
Los socios de las cooperativas también se benefician de ventajas fiscales, como la deducción por doble imposición de dividendos en el IRPF, un tratamiento favorable de los retornos cooperativos, y la exención en el IRPF de las percepciones del Fondo de Educación y Promoción.
5. ¿Qué obligaciones fiscales principales tienen las cooperativas?
Las principales obligaciones fiscales de las cooperativas incluyen la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, las liquidaciones de IVA, la presentación de declaraciones informativas, llevar una contabilidad ordenada y adecuada, y practicar las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes en los pagos que realicen.